Cómo modificar la Declaración de Renta

Al momento de hacer la Declaración de Renta 2013 pueden al completarla realizar algunos errores lo que no es nada grave pero trae problemas sin dudas, es más existen errores típicos a la hora de hacer la Declaración de Renta cada año algunos expertos indican los principales 5 errores.

Errores:

-Omitir o haber inconsistencia de datos obligatorios, suelen darse en las Declaraciones en el formato de papel, ya que al hacerla por Internet, suelen detectarse rápido y al envío.

-Se trata de errores de cálculo, como errores de RUT
-La falta del total de ingresos percibidos
-El no uso de beneficios o créditos tributarios para reducir permiten la carga impositiva, como el horro previsional voluntario, dividendos e intereses por créditos hipotecarios, créditos por impuestos pagados o retenidos en el exterior.

Los que no saben o dudan de las multas o castigos por hacer la Declaración de Renta defectuosamente, en caso de existir en la declaración de ingresos recibidos del contribuyente diferencias con los datos informados al SII, en dicho caso la declaración quedará como observada y a revisión.

En dicha situación, la devolución podrá quedarles retenida por el tiempo que el SII le lleve solucionar tal declaración, debiendo el contribuyente acreditar las diferencias detectadas.

Rectificar la Declaración ante el Error:

En cuanto al derecho a rectificar ante el error en la declaración de Renta, si se detectan inconsistencias entre lo que el contribuyente informa respecto a los datos del SII, se iniciará otro proceso de acreditación física de las rentas o créditos tributarios en oficinas del SII.

Cuando no logra comprobarse la exactitud de la declaración de impuestos, ya en la segunda semana de Junio en el año tributario en curso el contribuyente le corresponderá rectificar modificar la Declaración de Renta.

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Multas o Sanciones pot Olvidar la Declaración de Renta:

Uno de los temores es el que existan sanciones por olvidar hacer la declaración de impuestos, cuando el contribuyente no declara rentas y estuviera obligado a la Declaración de Renta, la SSI lo citará a una de sus unidades.

Debiendo presentar en los registros del SII, la anotación tributaria, (No declarante F22), que le impedirá poder hacer uno de los trámites entre ellos, el cambio o termino de giro, devoluciones hubieran solicitado, el timbraje de documentos.

Multas por la presentación fuera de plazo de la Declaración de Renta:

-El impuesto no pagado en plazo legal será reajustado en similar porcentaje de aumento del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
-Sobre los impuestos reajustados la SII aplicará una multa del 10%, si el retardo u omisión no supera los 5 meses. Si pasará dicho plazo, la multa subirá un 2% por cada mes o fracción de mes retrasado, además de que no pueden superar el total de la misma el 30% de los impuestos adeudados.
-Los impuestos reajustados sufrirán un interés del 1,5% por mes o fracción de mes transcurrido.

Además de que el SII puede presentar una querella por el delito que figure en el numeral 5º del artículo 97 del Código Tributario, “la omisión maliciosa de declaraciones exigidas por las leyes tributarias para la determinación o liquidación de un impuesto”.

Por no declarar o declarar fuera de plazo, existe plazo de prescripción del Servicio para detectar el cumplimiento tributario del contribuyente y fijar las diferencias de impuesto, sube de los 3 años a los 6 años, como señala el “artículo 200 del Código Tributario”.

El artículo 21 del Código, cuando el contribuyente no declarara la Renta, el SII podrá tasar y/o fojar la base imponible en base a los antecedentes del contribuyente en falta.

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